Amor de Papá: ¿Quién debiera poseer la tutela de hijos e hijas?
(14.07.2021) Tras la separación de los padres se presentan un sinfín de complejidades, una de las principales tiene relación con el cuidado de los hijos, y entonces surge la pregunta: ¿quién se queda con ellos y ellas, y quién finalmente los educa? Por muchos años los tribunales han dado el favor a las madres, lo que en la cultura del siglo XX se instaló como una normalidad aceptada.
Con el tiempo las mujeres han luchado por llegar a tener igualdad de género, en el ámbito social, político y cultural. Se ha vuelto un tema emergente en la sociedad chilena, pero al parecer, cuando se trata de la custodia o tutela de los hijos e hijas, algo distinto sucede.
La ‘tuición compartida’ es un régimen donde el cuidado personal de los infantes está a cargo tanto de la madre como el padre. Ambos tienen los mismos derechos de participar en forma activa y equitativa en el cuidado, crianza y educación de sus hijos. Antes de la promulgación de la Ley 20.680, y separados la pareja, el cuidado personal de los menores correspondía a la madre.
En la actualidad, la ‘tuición compartida’, conocida como Ley “Amor de papá”, tiene como objetivo equilibrar la posición de ambos en el cuidado de sus descendientes, siempre y cuando ambos estén de mutuo acuerdo. Es aquí el problema, si el padre o la madre no está de acuerdo con ello, no se puede aplicar esta normativa legal. Es por ello que se pide modificar el artículo 225, el que debiera incorporar la corresponsabilidad en el cuidado y crianza de las hijas e hijos, poniéndose de acuerdo entre los progenitores y si no hay consenso, la responsabilidad recae en un juez o jueza.
Para profundizar en este tema poco develado, Oh Citoyens Live conversó con Marco Antonio Rojas, Director de la Agrupación Crianza Compartida (Agrupación autoconvocada de padres , madres , abuelos y familia en busca de la equidad y corresponsabilidad en la crianza de los niños y niñas) y Fernán Rioseco, Juez oral en lo penal, quienes además son padres que están en la lucha por modificar este numeral de la Ley n° 20.680, y de este modo, evitar este tipo de situaciones especiales, pero en el camino se han encontrado algunos detractores y detractoras.
Quienes mantienen una posición crítica a esta modificación consideran que a aquellos progenitores que no han canceldo la pensión de alimentos o han cometido algún delito de violencia intrafamiliar, no podrán optar a este acuerdo. Sin embargo, Rojas y Rioseco son enfáticos en señalar que eso no está en discusión. De ninguna forma los padres que hayan cometido alguna de las condicionates anteriores podrán solicitar este beneficio.
Para Marco Antonio Rojas, esta modificación a la Ley tiene como objetivo el bienestar de los NNA y declara que no es algo en contra de la madre, “Nosotros lo enfocamos cien por ciento en el menor, acá no se lucha mamá contra papá, nos convoca a todos” y para Fernán Rioseco: “Nosotros no estamos en guerra con nadie, nuestro único norte, nuestro horizont son los niños, niñas y adolescentes”.
El abogado y juez aclara que “se habla mucho de tuición, pero tuición es una palabra que remite a algo que es tuyo, es decir, cuando tú dices de tu hijo que tienes la tuición estas mirándolo como un objeto de derecho y no como un sujeto de derecho”. La experiencia de Rioseco lo llevó a acudir con su caso a las cortes internacionales de derechos humanos, con el fin de reparar el dictamen que le quitó el ‘cuidado personal compartido’ que tenía pactado inicialmente, lo que debiera ser “negociado”, ya que – según Fernán – ningún magistrado puede determinar la tuición a solo uno de los “progenitores custodios”, en desmedro del otro.
Este tema cultural seguirá en debate, especialmente en redes sociales, porque esta complejidad de regla general ha provocado casos muy serios que están afectando a los pequeños. Algo que una futura modificación legal podría reparar – en alguna forma – la salud mental de las y los hijos. Incluso – señala Rioseco – la VicePresidenta de la Asociación Nacional de Magistrados, reconoció en la Comisión de Familia de la Cámara Baja, que “existiría en los juzgados de familia un cierto sesgo” en las sentencias hacia un género determinado, agregó.
Para escuchar la entrevista pincha el siguiente link:
https://www.facebook.com/watch/live/?v=1233821667078904&ref=search